Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Universidad Nacional de San Luis
FACULTAD DE CS. HUMANAS

ANEXO II

PROGRAMA DEL CURSO: DEONTOLOGIA PROFESIONAL

DEPARTAMENTO DE:   EDUCACION Y FORMACION DOCENTE
AREA: Formacion Basica (I y II) (FCH)AÑO: 2004 (Id: 3504)
Estado: Aprobado

 

I - OFERTA ACADÉMICA

CARRERAS PARA LAS QUE SE OFRECE EL MISMO CURSO

PLAN DE ESTUDIOS
ORD. Nº

CRÉDITO HORARIO

   

SEM.

TOTAL

LICENCIATURA EN PSICOLOGIA4/96450
PROFESORADO EN PSICOLOGIA17/78450
ningunoninguna

II - EQUIPO DOCENTE

Funciones

Apellido y Nombre

Total hs en
este curso

Cargo y Dedic.

Carácter

Responsable

SANZ FERRAMOLA, RAMON ALEJANDR8  hs.PROFESOR ASOCIADO EXC.Temporal
Auxiliar de 1ºFERRERO, MARCELA ANDREA 20  hs.AYUDANTE DE 1RA. SEMI. Interino

III - CARACTERÍSTICAS DEL CURSO

CREDITO HORARIO SEMANAL
MODALIDAD
REGIMEN

Teórico/

Práctico

Teóricas

Prácticas de

Aula

Práct. de lab/ camp/

Resid/ PIP, etc.

2c
4 Hs.
 Hs.
 Hs.
 Hs.
Asignatura
Otro: 
Duración: 14 semanas
Período del 19/08/04  al 12/11/04

IV.- FUNDAMENTACION

La presente asignatura brinda a los/as alumnos/as el conocimiento necesario para un ejercicio responsable de su profesión, desde el punto de vista ético. La misma está concebida dentro de la currícula del estudiante de psicología, a una altura de la carrera en la cual el/la alumno/a adquiere competencias con respecto a su futuro rol profesional a partir de haber transitado materias directamente vinculadas con el ejercicio profesional. En tal sentido, es una asignatura que debe brindar los conocimientos que posibiliten:
a) Una mirada crítica y reflexiva sobre la “condición de psicólogo”, necesariamente asentada sobre una escala axiológica subjetiva que determina decisiones y acciones que atañen a otros sujetos, y que por lo tanto, requieren de la responsabilidad subjetiva para la acción en el mundo (objetividad/universalidad).
b) Un desenvolvimiento, ya en el curso de las materias más propiamente aplicadas, de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología;
En ese sentido, los aspectos deontológicos y éticos desarrollados a lo largo de la asignatura, dan cuenta de la doble vertiente de la psicología, en un todo de acuerdo con los fundamentos de la Licenciatura en Psicología, donde se hace explícita “la consideración de la psicología tanto como una ciencia como una profesión”, (Ordenanza 04/96, Anexo I). Por ello el recorrido trazado incluye reflexiones éticas y pautas deontológicas que regulan tanto los distintos campos de aplicación profesional, como el ámbito docente y la tarea de investigación en psicología, en particular aquellos valores y normas vinculados con la tarea de investigación con seres humanos, acorde al consenso alcanzado por organismos internacionales.
Así, los fundamentos curriculares de la asignatura, se apoyan en algunos de los objetivos delineados por el Plan de estudio de la Licenciatura en Psicología, en su conjunto: “observar en su ejercicio profesional y en su práctica investigativa los principios éticos y deontológicos que establezca la comunidad profesional y científica; comprometerse en la promoción defensa y pleno ejercicio de los Derechos Humanos y de los valores de la vida democrática, y asumir una actitud de respeto con el contexto regional, nacional, continental y universal en que se desenvuelve la vida humana.” (Ordenanza 04/96, Anexo II).
Es oportuno considerar que la articulación de los contenidos de la asignatura en la formación general del psicólogo, ha sido también tematizada en el “Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay”, que elaborara en 1999, el “Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular en Psicología” de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología (AUAPsi), integrado por representantes de todas las carreras de psicología de universidades públicas del país y del Uruguay. En dicho documento, se planteaba la necesidad de que la currícula de la carrera de Psicología se propusiera el desarrollo de “capacidades ético-axio-deontológicas”, entendiendo por ellas, “competencias relativas a la dimensión ética–axiológica-deontológica implicada en la producción, transmisión, transferencia y aplicación del conocimiento, especialmente con relación a los valores y responsabilidades involucrados en el ejercicio científico y profesional del psicólogo.” AUAPsi - Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular (1999). “Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay”. Buenos Aires: Mimeo
En virtud de ello, el programa procurará brindar una serie de elementos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética, a la vez que desarrollar herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo. Desde esta perspectiva, el conocimiento de las diversas disposiciones referidas al campo de los Derechos Humanos, de los acuerdos principales de organismos internacionales del campo de la bioética y de la psiquiatría, los cuales constituyen normas de referencia para el profesional de la psicología, como así también de lo establecido por los códigos de ética nacionales y protocolos de acuerdo internacionales en el campo de la psicología, todo ello, entonces, constituye un conocimiento imprescindible en la formación universitaria de un psicólogo responsable.
De esa manera, la asignatura se fundamenta tanto en consideraciones curriculares, filosóficas, éticas y jurídicas, como en aquellas específicas del campo de la psicología.


V.- OBJETIVOS

- Relacionar los problemas de la ética en general con la deontologia profesional, especialmente con la deontología de la psicología.

- Reconocer la complejidad de actuar de forma coherente y comprometida con los valores fundamentales de convivencia en el marco del respeto por la dignidad humana.

- Fundamentar y desarrollar la problemática de los dere-chos humanos desde el punto de vista de la deontología de la psicología, como ciencia y como profesión.

- Conocer y analizar las incumbencias profesionales de la psicología, sus áreas de aplicación y su diverso alcance institucional.

- Conocer y analizar las incumbencias profesionales de la psicología. Diferenciar las diversas áreas de aplicación de la psicología.

- Analizar las principales normas internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.

- Analizar las principales normas nacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.

- Conocer los diversos ámbitos institucionales de regulación del ejercicio de la praxis en psicología a nivel nacional, regional e internacional.

- Reflexionar acerca de la importancia de la práctica responsable, su relación con la formación de grado y de postgrado, y con el acceso a la matriculación profesional.

- Determinar la especificidad de dichas normas en los diversos campos de la práctica del psicólogo/a. Analizar las situaciones éticas dilemáticas que pueden plantearse en cada uno estos campos.

- Distinguir los diversos tipos de organizaciones de las cuales participan los psicólogos: académicas, científicas y gremiales-profesionales.

- Determinar la relación existente entre el campo de la deontología profesional y los Tribunales de Ética de los Colegios Profesionales.

- Reconocer el impacto de la bioética y los más novedosos desarrollos de la psicoética en el ejercicio de la psicología

 


VI. - CONTENIDOS

I. PRIMERA PARTE: CONCEPTOS INTRODUCTORIOS A LA ÉTICA Y A LA DEONTOLOGÍA
Unidad 1. Desarrollo histórico y conceptos generales.
Moral y ética. Ética clásica y medieval: de la legitimación de las costumbres a la ética eclesiástica. Moral monista impuesta y moral cívica compartida. Heteronomía y autonomía. La ética de los Estados soberanos. Individualismo. Avance de la tecnología.

Unidad 2. Ética y deontología: el campo de la psicología
De la reflexión moral a la aplicación profesional. Ética aplicada. La psicología como ciencia y como profesión. El surgimiento de las carreras de psicología a nivel nacional e internacional. La creciente profesionalización de la psicología y el desarrollo de la deontología profesional.

II. SEGUNDA PARTE: TIPOS DE ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD PSICOLÓGICA
Unidad 3. Instituciones de asociación voluntaria.
Asociaciones voluntarias y obligatorias en el campo de la psicología. Estado, individuo y sociedad. Instituciones intermedias. Asociaciones de primero, segundo y tercer grado en el campo de la psicología. Forma jurídica, objetivos y alcances de las asociaciones profesionales de afiliación voluntaria.
- Instituciones científicas en el campo de la psicología o campos íntimamente relacionados.
- Instituciones académicas en el campo de la psicología.
- Instituciones profesionales en el campo de la psicología.
Diversos alcances juridiccionales de las tres tipos de instituciones: local, provincial, nacional, regional e internacional.

Unidad 4. Instituciones de asociación obligatoria o coercitiva.
Colegios o Consejos profesionales creados por una ley del Estado: forma jurídica, objetivos y alcances. Delegación del Estado en el otorgamiento de la matrícula. Establecimiento del Código de Etica. Organización de un Tribunal de Etica o Disciplina: forma jurídica, objetivos y alcances. Diversos alcances jurisdiccionales de los Códigos Deontológicos y sus consecuencias.

III. TERCERA PARTE: REGULACIÓN Y CONTROL DEL EJERCICIO DE LA PSICOLOGÍA
Unidad 5. El/la psicólogo/a como ciudadano/a. Los Derechos Humanos.
Relación entre derechos y obligaciones. La importancia de los Derechos Humanos en la práctica profesional. Declaraciones específicas de las diversas generaciones de derechos humanos. Su inclusión en los códigos deontologícos de la psicología.

Unidad 6. El/la psicólogo/a en el ejercicio de su profesión. 1- Incumbencias y leyes del ejercicio profesional nacionales.
Resolución 2447/85: Incumbencias del título de Licenciado/a en Psicología o Psicólogo/a. Sus alcances jurídicos. Antecedentes y situación actual. Relación entre incumbencia de título y formación universitaria adquirida. Leyes del ejercicio profesional en Argentina. Relación entre Incumbencia, leyes del ejercicio profesional nacional y provincial, y regulaciones deontológicas profesionales según la circunscripción.

Unidad 7. El/la psicólogo/a en el ejercicio de su profesión (continuación). 2- Códigos de Ética nacionales y extranjeros.
Legislación profesional específica a nivel nacional, regional, e internacional. Habilitación y matrícula profesional. Tribunales de Ética o Disciplina. Códigos de Ética nacionales: alcances y aspectos fundamentales. Consentimiento informado, alcances y límites del secreto profesional. El/la psicólogo/a como profesional, como docente y como investigador/a. Ejercicio profesional con menores, y con sujetos con capacidades diferentes. La relación con los pares y con la comunidad. La necesidad de una formación continua. Problemas éticos actuales en la construcción de los Códigos Deontológicos de psicología.
- Principales regulaciones a nivel nacional y regional. Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Protocolo de acuerdo Marco de Principios Éticos para el Ejercicio Profesional de los Psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. Código de Ética del Colegio de Psicólogos de San Luis. Otros códigos nacionales. Normas éticas específicas: Código de Ética del Psicodiagnosticador (ADEIP).
- Las normativas internacionales: objetivos y alcances. La importancia del Código de Ética de la American Psychological Association (APA): orígenes y versión actual. El Código de Ética del Colegio de Psicólogos de España (COP). La experiencia latinoamericana: Brasil y Chile. Normas éticas específicas: Responsabilidad para el uso ético de los Tests en las Pautas internacionales para el uso de los tests de la International Test Commission. Código de ética de la European Federation of Psychological Associations.

Unidad 8. Otras regulaciones de referencia para el ejercicio profesional de la psicología: el/la psicólogo/a en tanto profesional de la salud. El campo de la bioética.
Principios bioéticos: beneficencia (y no-maleficiencia), autonomía y justicia. La importancia del Tribunal de Nurenberg. Regulaciones internacionales. Los acuerdos de la Asociación Médica Mundial y de la Asociación Mundial de Psiquiatras: Declaración de Tokyo-Helsinki y Declaración de Madrid. El Informe Belmont. Disposiciones del Instituto Nacional de Salud de los Estados Unidos para la investigación con sujetos humanos. Los Comités de Ética Asistenciales. La experiencia argentina: los CHE (Comites de Ética Hospitalarios).


VII. - PLAN DE TRABAJOS PRÁCTICOS

Los desarrollos teóricos de los contenidos serán complementados por el espacio de trabajos prácticos en los cuales se propiciará el análisis reflexivo y crítico de cada uno de los textos propuestos, en clara articulación con lo desarrollado el las clases teóricas. Si bien la producción de los alumnos será evaluada en forma individual, la misma apuntará a favorecer el debate grupal de modo que se contribuya a la reflexión y análisis por parte del conjunto del alumnado.


- Cortina, A. (1996). Comités de ética. En Guariglia, O. (Ed.), Cuestiones morales. Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía, 12, pp. 291-306. Madrid: Trota.

- Sanz Ferramola, R. (2000). La psicología como ideología exótica en los oscuros años del proceso de desorganización nacional: 1975-1980. Fundamentos en Humanidades, 1 (2), 43-62.

- Kant, I.(2000). Crítica de la razón práctica. Madrid: Alianza Editorial. Primera Parte, Libro Primero, Capítulo Primero. (Original publicado en 1788).

- Vilanova, A. (2000) La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 107-118. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, I (2), 7-12.

- Klappenbach, H. (1998). Formas organizativas de la psicología en la Argentina. Notas histórica y situación actual. Idea, 25, 137-158.

- Ferrero, A (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, 45, 33-41.

- Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 31-33). (2ª ed.) Bs. As.: Documentos Página 12.

- Organización de Estados Americanos (1948/1994). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 34-37) (2ª ed.). Bs. As.: Documentos Página 12.

- Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, (3), 419-446.

- Viar, J. P.(2002). Algunas cuestiones jurídico-legales relativas al ejercicio profesional de la psicología. Revista Argentina de Psicología, 45, 99-118.

- Ferrero, A. (2000). La deontología profesional en la praxis psicológica argentina. La crisis social y el esoterismo. Revista del Colegio de psicólogos de San Juan, 2 (2), 76-81.

- Nación Argentina. Ministerio de Educación y Justicia de la Nación (1985). Resolución Nº 2447/85. Buenos Aires: Mimeo.

- Provincia de San Luis (1983). Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley Nro. 4511/83. San Luis: Autor.

- Ferrero, A (2000). La ética en psicología y su relación con los derechos humanos. Fundamentos en Humanidades, I (2), 21-42.

- Calo, O (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología¸(45), 25-36.

- Hermosilla, A. M. & Di Doménico, C. (2000). Normativa deontológicas en psicoterapia. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 37-46. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Calo, O. (2000). La investigación científica en los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 87-104. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Hermosilla, A. M. (2000). Psicología y Mercosur: la dimensión ética de la integración y antecedentes del debate en Argentina. Fundamentos en Humanidades, 1, 2, 63-76.

- Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosul (pp. 11-14). Brasilia: Autor.

- Federación de Psicólogos de la República Argentina (1999). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Mar del Plata: Autor.

- Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Etica Profesional. San Luis: Autor.

- Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires (2000). Código de Ética y Reglamento de avisos, anuncios y propagandas. La Plata: Autor.

- Asociación de Estudio e Investigación en Psicodiagnóstico (ADEIP) (1999). Código de Ética del psicodiagnosticador. Rosario: Autor.

- International Test Commission (2000). International Guide for Test Use. Mimeo Hay versión castellana

- Colegio Oficial de Psicólogos de España (1987). Código Deontológico del Psicólogo. Madrid: Autor.

- Tribunal Internacional de Nurenberg (1946). Código de Nüremberg. AutorEn, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. 1995. Sección Datos y documentos, pp. 781-782.

- Asociación Médica Mundial (1975/1995). The Declaration of Tokyo – Helsinki II Recommendations guiding medical physicians in biomedical research involving human subjects. Hay traducción al castellano: Declaración de Tokyo-Helsisnki II. En, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. Sección Datos y documentos, pág. 786-787.

- Asociación Mundial de Psiquiatras (1996) Declaración de Madrid. Autor.

- National Health Institute of USA. Reporte Belmont. Autor.

- Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (1993). Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos. Santiago de Chile: Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER)


VIII - RÉGIMEN DE APROBACIÓN

Habrá dos tipos de evaluaciones:

1) Evaluaciones parciales sobre los Textos trabajados en clase. Los textos serán evaluados de acuerdo al modo de trabajo y a las características de cada uno de ellos. Cada una de estas evaluaciones parciales recibirá una clasificación de 1 a 10 puntos, y tendrá su instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. El resultado de estas evaluaciones será promediado constituyendo la nota de Prácticos.

2) Si se han obtenido calificaciones iguales o superiores a 7 (siete) o más en todas y cada una de las evaluaciones parciales, se podrá acceder a la Evaluación final de integración de contenidos teóricos y prácticos, hacia el final del cuatrimestre., que recibirá una clasificación de 1 a 10 puntos y también contará con una instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes.

Régimen de promoción. Para alcanzar la promoción se requiere:
- Asistencia a clase no inferior al 80 %.
- Clasificación de 7 (siete) puntos o más en todas y cada una de las instancias de evaluación, tanto las parciales como la de integración final. La nota final surgirá del promedio de ambas calificaciones obtenidas. Se remarca el hecho de que si el promedio final es de 7 (siete) o más, pero dicho promedio es el resultado de algún nota inferior a 7 (siete), la materia no se considerará aprobada por promoción.

La regularidad o aprobación de la cursada, es decir, la habilitación para rendir examen final en condición de alumno/a regular, en los turnos correspondientes, se obtiene con los siguientes requisitos:
- Asistencia a clase no inferior al 80 %.
- Clasificación igual o mayor a cuatro (4) y menor que siete (7) puntos en el promedio final, como promedio de las evaluaciones parciales.

Se considerarán alumnos/as libres, aquellos que no hayan satisfecho las exigencias fijadas para la obtención de la regularidad de la materia. Podrán rendir examen final, en condición de alumnos/as libres, acorde a la reglamentación vigente.



IX.a - BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

IX - BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

Unidad 1
- Mainetti, J. A. (2000). Compedio bioético. Capítulo I: El orden Natural. Capítulo IV: El orden sobrenaturalLa Plata: Editorial Quirón.

- Valls, R. (2003) Ética para la bioética. Y a ratos para la política. Capítulo I: La experiencia histórica de lo ético. Capítulo III: Lo que no podemos perder. Capítulo IV: Lo que hay que hacer. Barcelona: Gedisa Editorial.


Unidad 2:
- Vilanova, A. (2000) La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 107-118). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, pp 7-12.

- Sanz Ferramola, R. (2000). La psicología como ideología exótica en los oscuros años del proceso de desorganización nacional: 1975-1980. Fundamentos en Humanidades, 1 (2), 43-62.


Unidad 3 y 4:
- Klappenbach, H. (1998). Formas organizativas de la psicología en la Argentina. Notas histórica y situación actual. Idea, 25, 137-158.

Unidad 5:
- Ferrero, A. (2000). “La ética en psicología y su relación con los derechos humanos”. Fundamentos en humanidades, 2 (2), 21-42.

- Ferrero, A (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, (45), 33-41.

- Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 31-33). (2ª ed.) Bs. As.: Documentos Página 12.

- Organización de Estados Americanos (1948/1994). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de san José de Costa Rica). En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 34-37) (2ª ed.). Bs. As.: Documentos Página 12.


Unidad 6
- Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, 3, 419-446.

- Viar, J. P.(2002). Algunas cuestiones jurídico-legales relativas al ejercicio profesional de la psicología. Revista Argentina de Psicología, (45), pp 99-118.

- Ferrero, A. (2000). La crisis social y el esoterismo. Una respuesta desde la deontología profesional de la psicología. Revista del Colegio de Psicólogos de San Juan, 2 (2), 76-81.

- Nación Argentina. Ministerio de Educación y Justicia de la Nación (1985). Resolución Nº 2447/85. Buenos Aires: Mimeo.

- Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Resolucion Nro. 12/03. Autor.

- Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley Nro. 4511/83.


Unidad 7
- Calo, O (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología¸(45), 25-36.

- Hermosilla, A. M. & Di Doménico, C. (2000). Normativa deontológicas en psicoterapia. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 37-46). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Calo, O. (2000). La investigación científica en los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 87-104). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.

- Hermosilla, A. M. (2000). Psicología y Mercosur: la dimensión ética de la integración y antecedentes del debate en Argentina. Fundamentos en Humanidades, 1, 2, 63-76.

- Federación de Psicólogos de la República Argentina (1998). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Mar del Plata: Autor.

- Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosul (pp. 11-14). Brasilia: Autor.

- Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Etica Profesional. San Luis: Autor.

- Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires (2000). Código de Etica y Reglamento de avisos, anuncios y propagandas. La Plata: Autor.

- Asociación de Estudio e Investigación en Psicodiagnóstico (ADEIP) (1999). Código de Ética del psicodiagnosticador. Rosario: Autor.

- Colegio Oficial de Psicólogos de España (1987). Código Deontológico del Psicólogo. Madrid: Autor.

- American Psychological Association (2002). Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct. Washington: Author.

- Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (2002) Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Psicología (EFPA). Versión del Colegio Oficial de Psicólogos de España.


Unidad 8
- Cortina, A. (1996). Comités de ética. En Guariglia, O. (Ed.), Cuestiones morales. Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía (vol. 12, pp. 291-306). Madrid: Trota.

- Mainetti, J. A. (2000). Compedio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario.

- Tribunal Internacional de Nurenberg (1946). Código de Nüremberg. Autor

- Asociación Médica Mundial (1975/1996). Recommendations guiding medical physicians in biomedical research involving human subjects. Hay traducción al castellano: Declaración de Tokyo - Helsinki II. En, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. Sección Datos y documentos, pág. 786-787.

- Asociación Mundial de Psiquiatras (1996) Declaración de Madrid. Autor.

- National Health Institute of USA. Informe Belmont. Autor.

- Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (1993). Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos.
Santiago de Chile: Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER)



IX b - BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

Alonso, Modesto (1994). Los psicólogos en la República Argentina. Datos cuantitativos. Acta Psiquiátrica y Psicológica de América Latina, 40 (1), 50-55.

Alonso, Modesto (1999). Psicología en Argentina. En, M. Alonso & A. Eagly (Eds.). Psicología en las
Américas (pp. 25-45). Caracas: Sociedad Interamericana de Psicología.

American Psychological Association (1953). Ethical standards of psychologists. Washington, D.C: Author.

American Psychological Association (1981a). Specialty guidelines for the delivery of services by clinical psychologists. American Psychologist, 36 (6), 640-651.

American Psychological Association (1981b). Specialty guidelines for the delivery of services by counseling psychologist. American Psychologist, 36 (6), 652-663.

American Psychological Association (1981c). Specialty guidelines for the delivery of services by industrial/organizational psychologists. American Psychologist, 36 (6), 664-669.

American Psychological Association (1981d). Specialty guidelines for the delivery of services by school psychologists. American Psychologist, 36 (6), 670-681.

American Psychological Association (1992). Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct. American Psychologist, 47 (12), 1597-1611.

American Psychological Association (1997). Bylaws of the American Psychological Association. Washington: Author. (Documento original publicado en 1945).

American Psychological Association (2001). Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct. Draft for comment. Monitor on Psychology, 32 (2), 77-90.

Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (1993). Código de Ética de la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires. Bs. As.: Autor.

Amnesty International (1996). Declaration on the Role of Health Professionals in the Exposure off Torture and Ill-Treatment. Prescription for Change. Health professionals and the exposure of human rights violations. London: Author.

Annas, George & Grodin, Michael (1990). The Nazi Doctors and the Nurenberg Code: Relevance for Modern Research. Medicine and War, 6, 120-123.

Aranguren, José Luis (1986). Etica. Madrid: Alianza.

Ardila, Rubén (1979). La psicología en la Argentina: pasado, presente y futuro. Revista Latinoamericana de Psicología, 11 (1), 77-91.

Ardila, Rubén (1986). La psicología en América Latina. Pasado, presente y futuro. México-Madrid-Bs.As.-Bogotá: Siglo XXI.

Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (1994). Código de Etica. Buenos Aires: Autor.

Asociación Mundial de Psiquiatras (1977). Declaración de Hawai. Implicancias Éticas específicas de la psiquiatría. En, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. 1995. Sección Datos y documentos, pág. 788-789.

Association des Enseignants de Psychologie des Universités, Association Nationale des Organisations de Psychologues & Société Française de Psychologie (1996). Code de déontologie des psychologues. Paris: Commission Interorganisationnelle Représentative (CIR)

Association of State and Provincial Psychology Boards (1992). Model act for licensure of psychologists. Montgomery: Author.

Association of State and Provincial Psychology Boards (1990/1996). ASPPB Code of Conduct. In L. Bass et al. (Ed.), Professional Conduct and Discipline in Psychology (pp. 165-176). Washington-Montgomery: American Psychological Association – Association of State and Provincial Psychology Boards.

Baker, David & Benjamin, Ludy (2000). The affirmation of the scientist-practitioner: a look back at Boulder. American Psychologist, 55 (2), 241-247.

Bandura, Albert, Barbaranelli, Claudio, Caprara, Gian Vittorio & Pastorelli, Concetta (1996). Mechanisms of moral disengagement in the exercise of moral agency. Journal of Personality and Social Psychology, 71 (2), 364-374.

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COMPLEMENTO DE DIVULGACION


OBJETIVOS DEL CURSO

- Relacionar los problemas de la ética en general con la deontologia profesional
- Reflexionar sobre el rol del psicólogo como promotor y defensor de los derechos humanos.
- Fundamentar y desarrollar la problemática de los dere-chos humanos desde el punto de vista de la deontología de la profesión de psicólogo.
- Distinguir las principales normas internacionales que regulan el ejercicio profesional y científico de la psicología
- Distinguir las principales normas nacionales que regulan el ejercicio profesional y científico de la psicología.
- Fomentar la racionalidad como punto de partida de cualquier cuestionamiento ético.
- Reflexionar a cerca de las características de lo verdaderamente humano y la importancia de ejercer una autonomía responsable.
- Reconocer la complejidad de actuar de forma coherente y comprometida con los valores fundamentales de convivencia en el marco del respeto por la dignidad humana.
- Fomentar la capacidad crítica para la consideración de los problemas éticos, en general, y de la profesión de psicólogo, en particular.

 

 

PROGRAMA SINTETICO

Esta es una asignatura que debe brindar los conocimientos que posibiliten:
c) Una mirada crítica y reflexiva sobre la “condición de psicólogo”, necesariamente asentada sobre una escala axiológica subjetiva que determina decisiones y acciones que atañen a otros sujetos, y que por lo tanto, requieren de la responsabilidad subjetiva para la acción en el mundo (objetividad/universalidad).
d) Un desenvolvimiento, ya en el curso de las materias más propiamente aplicadas, de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología;
En la primera parte del programa, entonces, se procurará brindar una serie elementos básicos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética a la vez que desarrollar algunas herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo.
En la segunda parte, se consideran las instituciones relacionadas con la comunidad profesional de la psicología, tanto nacional e internancional, analizando especialmente aquellas consideradas como personas jurídica de Derecho Privado en ejercicio de funciones públicas o personas jurídicas no estatales.
En la tercera parte se abordarán el conjunto realmente heterogéneo que regula actividad profesional del graduado en psicología, desde las legislaciones de ejercicio profesional pasando por las incumbencias del título hasta los códigos deontológicos nacionales y los protocolos de acuerdo internacionales en el campo de la psicología.

Asimismo, se ha destacado el conocimiento de las disposiciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de los acuerdos principales de organismos internacionales del campo de la medicina y de la psiquiatría acerca del cuidado y respeto hacia las personas en el curso de tratamientos médicos, en cierto sentido extendibles al psicólogo en tanto normativas de referencia de su quehacer profesional.
En tal sentido, la asignatura se fundamenta tanto en consideraciones curriculares, filosóficas, éticas y jurídicas, como en aquellas específicas del campo de la psicología.

 


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